Requisitos:
- Pueden ser usuarios de una de las plazas del Programa de Termalismo del Imserso los/las ciudadanos/as españoles/as y nacionales de otros países, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
- Los usuarios de plaza deben reunir los siguientes requisitos:
- No padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio.
- Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
- Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
- Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
- Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean asegurados o beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a los usuarios en el punto segundo.
- También podrán ser adjudicatarios de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto segundo. Asimismo, podrán ser adjudicatarios de plaza, los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación
- Los requisitos se acreditarán al Imserso en la propia solicitud mediante declaración responsable efectuada por la persona solicitante y, en su caso, por su acompañante.
- En todo caso, la concesión de plazas está condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.
Plazos para la presentación de las solicitudes:
a) Para participar en el proceso de adjudicación de plaza:
1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 13 de enero de 2017.
2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 12de mayo de 2017.
b) Para su inclusión en la Lista de Espera de plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias: 1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 12 de mayo de 2017. 2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 31 de octubre de 2017.
LAS SOLICITUDES SE PODRÁN TRAMITAR DESDE LA CONCEJALÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEL MAYOR
(UNIDAD ADMINISTRATIVA) LUNES, MARTES Y JUEVES DE 8’30 A 11 HORAS
EN EL EDIFICIO TAPIS SITO EN LA CALLE MAESTRO MANDOS S/N
MÁS INFORMACIÓN EN LA PÁGINA DE LA CONCEJALÍA DEL MAYOR